1.-
Acontecimientos ocurridos en España y respecto de los cuales poco se sabe hasta
ahora, han tenido la capacidad de hacer que saquen la voz y salgan a la luz
tras largos meses ocultos en sus escondites los principales artífices de la
llamada “Operación Salamandra”, que tras una espectacular arremetida represiva
que significó la prisión de 10 personas por 10 meses se fue desinflando hasta
culminar en sobreseimiento definitivo y absolución del total de 15 personas
inicialmente acusadas de integrar una “asociación ilícita terrorista”.
2.- No es de
extrañar que después de la batalla aparezcan los ex-generales derrotados
diciendo “teníamos razón”, y hasta amenazando con nuevos juicios. Sabemos que
para ellos su propia legalidad vale muy poco cuando se anteponen intereses
personales y la razón de Estado, y así estos señores se olvidan de que tanto la
Constitución como los tratados internacionales y el Código Procesal Penal
prohiben volver a juzgar a personas por losmismos hechos. En este caso, todos
los acusados fueron sobreseidos y/o absueltos, tras un largo proceso que además
de los 10 meses de prisión preventiva incluyó 6 meses de juicio oral, y
posteriormente el intento de anular y repetir el juicio, pretensión que fue
definitivamente desechada por la Corte Suprema hace poco más de un año, al
establecer que no fueron violados derechos ni garantías durante dicho juicio.
3.- En un
ejercicio que de raciocinio tiene bien poco y más parece “pensamiento mágico”,
se asume automáticamente que de ser ciertas las imputaciones efectuadas en
España -cuyo detalle recién se conocerá este viernes 15 de noviembre- entonces
automáticamente vendría a quedar demostrada la culpabilidad de Francisco Solar
y Mónica Caballero en los hechos que les fueron imputados hace 3 años, y de
paso la de todos los ex-imputados del “Caso Bombas”, rehabilitándose así las
figuras de Hinzpeter y Peña y obteniendo de paso un gran trofeo para la batalla
del Gobierno contra los “jueces garantistas”.
Se despliega
el argumento de que un juez “de quinta categoría” mató las pretensiones de
castigo de fiscales y querellantes por excluir demasiadas pruebas. Lo que no se
dice es que ese mismo juez, que de hecho es uno de los más prestigiosos dentro
de la comunidad jurídica, concedió alrededor de dos semanas a los persecutores
para corregir la acusación en extremo defectuosa que Peña había presentado con
bombos y platillos un par de días antes de irse a trabajar con el querellante
Hinzpeter, y que el grueso de las exclusiones que este juez decretó obedecían a
que se trataba de pruebas que por error se habían listado dos o tres veces, o a
cuestiones que abiertamente no tenían nada que ver en este juicio (como por
ejemplo los pasaportes del ciudadano pakistaní que fue víctima de extrañas
maniobras y acusaciones que luego quedaron en nada).
4.- Unos
gobernantes más sensatos evitarían felicitarse demasiado por estos desarrollos
recientes en Europa. Si en efecto tenían sospechas fundadas de la participación
de algunas personas en la colocación de artefactos explosivos, pero en vez de
dejar madurar una larga y compleja investigación hasta que las pruebas
obtenidas sirvieran para algo más que para justificar prisiones preventivas
optaron conscientemente por convertir todo esto en política contingente y
farándula policíaco-judicial, no podían en primer lugar extrañarse de la
desastrosa derrota obtenida en el juicio, y menos aún podrían hoy congratularse
retroactivamente echándole la culpa al empedrado de lo que no fueron sino actos
propios y decisiones tomadas desde muy arriba. Es más: si Hinzpeter y Peña
hubieran estado realmente convencidos de las tesis que en su momento
enarbolaron, no se explica el que hubieran tenido que salir arrancando
respectivamente y de manera tan deshonrosa, uno desde la Fiscalía Sur y el otro
desde su antiguo Ministerio.
5.- En el
Caso Bombas se pretendió juzgar la ocurrencia de 30 explosiones, y un episodio
de “financiamiento del terrorismo”. Finalmente llegaron a juicio 5 explosiones
y el pretendido financiamiento de una asociación ilícita que fue sobreseida a
petición del propio Ministerio Público.
En una de
esas explosiones, imputada a Solar, no se logró probar ni siquiera que lo que
se dejó en las escalinatas del Consejo de Defensa del Estado haya sido un
artefacto explosivo. Lo que claramente habla de un mal trabajo del GOPE y
LABOCAR, pretende ahora ser usado como argumento en contra de la existencia
misma de jueces que de acuerdo a los propios requerimientos constitucionales y
legales deben ser independientes y objetivos. Esto es interesante, pues rebela
que es cierto que bajo la camisa de fuerza del “Estado de derecho” existe un
Estado de policía que encuentra muy molestas las garantías que rodean al
Derecho Penal y preferiría ir y aplicar sanciones a diestra y siniestra en base
al puro olfato de sus sabuesos.
Por otra
parte, ¿qué tiene que ver -por ejemplo- lo que eventualmente haya ocurrido en
España con una absolución tan limpia y tajante como la de Felipe Guerra,
acusado de haber estado en una explosión donde según las pericias de la
mismísima Brigada de Operaciones Especiales de la PDI la persona que se hallaba
presente debió necesariamente haber quedado con lesiones acústicas que Guerra
claramente no tenía? Por eso es que en esta parte la sentencia del 3er Tribunal
Oral en lo Penal resulta tan impresionante, pues dice que adquirió la
convicción más allá de toda duda razonable de que Guerra no estuvo presente en los
hechos cuya participación se imputaba, y llama la atención sobre el hecho de
que esas pruebas científicas y objetivas hayan sido obtenidas por la Fiscalía
pero presentadas por la defensa.
Otro caso de
antología es el pretendido “financiamiento”, cuestión donde la derrota de los
persecutores fue triple: no se demostró que los exiguos montos recibidos por
miembros de una casa okupa tuvieran por fin ilícito alguno, quedó claro que la
intercepción de correos electrónicos en base a los cuales se basaba esta pretensión
fue absolutamente ilegal y, por último, es bastante obvio que resulta imposible
financiar una asociación ilícita sobreseida y por ende inexistente. Pese a esta
obviedad, Raúl Guzmán, el sucesor de Peña en la Fiscalía Sur, decidió llevarlo
a juicio igual, y ahora se lamentan de tener que pagar “costas” que hubieran
sido perfectamente evitables para el Fisco si hubieran actuado racionalmente y
no persiguiendo delitos imposibles.
Cabe señalar
además que respecto de Guerra y los pretendidos “financistas” no se excluyó
prueba alguna.
6.- Ante toda
esta arremetida mediático-política no es la intención defender al poder
judicial ni al sistema penal chileno, sino tan solo combatir con un poco de
memoria y sentido común la avalancha de falacias y maniobras políticas que se
propalan desde lo alto, recomendando a cualquier opinante que primero se tome
el trabajo de entender lo que fue el llamado “Caso Bombas” (al efecto me
permito recomendar el libro de Tania Tamayo sobre el Caso Bombas editado el
2012 por LOM, y mi propio trabajo sobre el tema editado recientemente por
Libros del Perro Negro) y leer directamente en las sentencias pertinentes lo
que resultó y lo que no resultó probado. De lo contrario, lo más probable es
que una vez más le estén metiendo el dedo en la boca, una vez más.
Julio Cortés
Morales Abogado. Ex-defensor de Felipe Guerra, Diego Morales y Carlos Riveros.
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