RESUMEN INFORMATIVO: EL CIRCO JUDICIAL DE LA FISCALÍA CONTINÚA.
AUDIENCIA DE REVISIÓN
DE MEDIDAS CAUTELARES DE FREDDY FUENTEVILLA Y JUAN
ALISTE VEGA.
Por red de apoyo presxs a la kalle.
Es necesario aclarar que la solicitud de revisión de medidas
cautelares
solicitadas por la defensa, se realiza a partir de la
SUSPENCIÓN del
procedimiento que se estaba llevando a cabo, vale decir, la
audiencia
preparatoria de juicio, que comenzó el 6 de agosto.
Esta suspensión obedece a una orden del Tribunal
Constitucional (TC), ya
que este ente acoge a tramitación un requerimiento
presentado por la parte
querellante que representa a la viuda del cabo Moyano, es
decir, el
procedimiento estará suspendido hasta conocer el
pronunciamiento del TC.,
respecto de una serie de pruebas que habían sido excluidas
por el Juez que
realizaba la audiencia preparatoria.
En este contexto, era de suma importancia solicitar revisión
de medidas
cautelares: es decir, *revisar legalidad de la “prisión
preventiva” *que
mantiene a Freddy, Juan y Marcelo, secuestrados en el CAS.
La defensa argumentó sobre la base del PRINCIPIO DE INOCENCIA
que toda
persona tiene derecho al acceso a la justicia, por eso al
estar suspendido
el procedimiento este principio se vulnera, ya que no hay
certeza de cuánto
tiempo estará suspendida, y una persona no puede estar
privada de libertad
eternamente sin que se haga justicia, ya que LA PRISIÓN
PREVENTIVA SE ESTÁ
MATERIALIZANDO COMO UNA PENA ANTICIPADA.
La suspensión del procedimiento fue asumida por la defensa
como una traba,
y lo que estaba exigiendo es que tanto los querellantes como
la fiscalía
deben atenerse a las garantías fundamentales.
También argumentaron el CAMBIO EN LAS CONDICIONES, ya que
Juan Aliste se
encuentra detenido desde el año 2010, la investigación
comenzó el año 2006
y la audiencia preparatoria se encuentra suspendida, por lo
tanto la
interrogante era, y sigue siendo: *¿ES NECESARIO MANTENER LA
PRISIÓN
PREVENTIVA?**.*
A esto podemos analizar que si los compañeros se encuentran
con medidas
cautelares desde hace casi 3 años, si ellos ya no están bajo
el
procedimiento, ¿por qué tienen que seguir sometidos a las
medidas
cautelares?. Tomando en cuenta que se encuentra pendiente la
resolución del
TC, sobre una materia que no es competencia del Tribunal que
conoce de la
audiencia preparatoria, estamos *claramente frente a una
CUESTIÓN
PERJUDICIAL; bajo estas premisas es que se solicitó el
TERMINO DE LA
PRISIÓN PREVENTIVA POR ABSOLUCIÓN O SOBRESEIMIENTO DE LA
CAUSA.*
La defensa sostuvo que EL DERECHO A CASTIGAR NO SE PUEDE
EJERCER SIN
LÍMITES, el límite que el derecho otorga es el principio de
legalidad, por
lo cual *NO HAY NORMA QUE PERMITA MANTENERLOS PRIVADOS DE
LIBERTAD*.
Ante la solicitud de la defensa, de manera ignorante la
parte querellante
sostiene que el principio de inocencia es sólo para efectos
del tribunal y
no de la opinión pública, sostener concepciones como estas
nos deja en
claro la intención de la parte querellante de utilizar tal
como se ha hecho
hasta ahora, la condena pública y mediática como estrategia
para generar
presiones políticas, tal como la suspensión que ha ocurrido
producto del
requerimiento presentado ante el TC.
Durante las cuatro semanas de audiencia preparatoria el
fiscal Peña ha
sostenido argumentaciones de corte moralistas, llegando a
ser irrisorias
las tácticas de sensibilización; frente a esto la defensa ha
sido clara en
sostener que en este caso el hecho más grave del cual se
acusa a Juan
Aliste, y como coautor a Freddy Fuentevilla, es un
homicidio, esa es la
naturaleza del delito, independiente de que se trate de un
carabinero.
Ante la solicitud de la defensa, el juez señaló que es un
hecho conocido la
inédita suspensión de la audiencia preparatoria, *QUE NO
EXISTEN CASOS
SIMILARES PARA ESTABLECER CRITERIOS PARA RESOLVER.*
Pero aún así, el juez sostuvo que ante el estado del proceso
y de acuerdo a
las resoluciones dictadas, no correspondía el cambio de
medidas cautelares,
ya que no es verificable la suspensión del procedimiento o
el
sobreseimiento del mismo en los términos que lo planteó la
defensa, ya que
el Juez entiende que sólo se ha suspendido la audiencia
preparatoria de
juicio, y no el procedimiento en su conjunto.
Freddy, Juan y Marcelo, continúan en prisión preventiva, el
proceso por el
cual siguen secuestrados por el Estado de Chile, se
encuentra suspendido,
por la prensa corrían diferentes presiones políticas, que
hablaban de
recusar al juez para arrojar al suelo las 4 semanas de
audiencia
preparatoria, pero hoy, se concretó una de las estrategias
de los entes
acusadores, recurrieron al tribunal constitucional con el
objetivo de
restar validez a las resoluciones que han excluido pruebas.
Hoy, uno de los
campos de batalla, es el judicial, esta pelea se está dando,
aún cuando han
suspendido este proceso, porque *basta recordar el caso
bombas, “recusando
jueces” para poder destruir el avance de un proceso que no
estaba arrojando
los resultados que las autoridades esperaban.*
*En Chile y el mundo: Los empresarios gobiernan, la policía
mata, los ricos
roban, la prensa miente y condena.*
*CASO SECURITY:
EJEMPLO DE LA MENTIRA INSTALADA.***
* Respecto de MARCELO
VILLARROEL, es necesario aclarar que está cumpliendo
una condena que
termina en octubre de este año por una revocación de
libertad de una causa
del año 1992, por este motivo no se solicitó el
cambio de medidas
cautelares.
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