(De Hommodolars)
Por Hans Niemeyer
defense league
Luego de una estúpida incursión del Ministerio comandado por
Hinzpeter, que provocó que el caso Niemeyer se paralizara por 5 meses mientras
el Tribunal Constitucional resolvía una leguleyada suya que más encima fue
finalmente rechazada, a principios de marzo la Corte de Apelaciones de Santiago
revisó la exclusión de pruebas decretadas en septiembre del 2012 por el
Tribunal de Garantía en la fase de preparación del juicio, y tras deliberar tan
solo 5 minutos decidió reponer toda la prueba excluida que fue apelada por la
Fiscalía: el testimonio del “chancho del mes” Cristian Pérez Mancilla, de la
DIPOLCAR, más otros dos pacos que tampoco declararon formalmente en la carpeta
de investigación, 25 documentos incautados del computador del lugar de trabajo
de Hans, y un set fotográfico de esos mismos documentos. En definitiva, toda la
prueba que ellos quieren usar para calificar a Hans de anarquista, y que según
la Corte no infringía ninguna garantía del “debido proceso”.
Luego de esto, el 7° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago
ya definió como fecha de inicio del juicio el lunes 6 de mayo, el que
físicamente se debería realizar en el Centro de “Justicia”, Acceso C, Oral 1,
piso 6, sala 601. Los jueces designados son José Marinello Federici
(Presidente), Olga Ortega Melo y Héctor Plaza Vásquez.
En la misma resolución que fija fecha de juicio se dice que
atendiendo a que “a la fecha el acusado *HANS FELIPE NIEMEYER SALINAS, no se
encuentra privado de libertad*, cítesele personalmente, bajo apercibimiento de
los artículos 33 y 141 inciso 2° del mismo cuerpo legal, en el sentido que si
no compareciere a la audiencia de Juicio Oral, podrá decretarse a su respecto
la prisión preventiva. Previo cumplimiento de las exigencias legales, se
faculta su notificación personal especial en la forma dispuesta en el artículo
44 del Código de Procedimiento Civil”.
De esta forma, Hans se encuentra ante la interesante
disyuntiva de decidir presentarse a juicio o seguir en condición de prófugo.
Existen razones tanto a favor como en contra de cada opción, y creemos que en
este punto cada individuo es libre de decidir lo que le parezca adecuado.
Nuestro deber consiste en apoyarlo sea cual sea su decisión.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario